Las empresas se globalizan cada año más a medida que los países buscan mercados en el extranjero. Muchas empresas estadounidenses tienen oficinas en el extranjero, y muchas empresas extranjeras tienen oficinas en Estados Unidos. La ley de inmigración de Estados Unidos permite a las empresas internacionales trasladar empleados de una oficina extranjera a otra estadounidense cuando tal decisión sea necesaria para los intereses de la empresa. Para trasladar a un empleado, la empresa estadounidense debe presentar una petición para el trabajador extranjero solicitando una Visa L-1A o L-1B. Una vez aprobada la petición, el trabajador extranjero puede solicitar la Visa y trasladarse a Estados Unidos para trabajar con la empresa solicitante.
Un empleador potencial para una Visa L-1 debe tener una relación de cualificación con una empresa extranjera (ya sea la empresa matriz, una sucursal, una filial o una afiliada) y debe estar haciendo negocios como empleador en Estados Unidos y en al menos otro país. Esto último puede hacerse directamente o a través de una organización que reúna los requisitos, siempre que sea por la duración de la estancia del titular de la Visa L-1 en Estados Unidos. No es necesario que la empresa en cuestión participe en el comercio internacional.
Las Visas L-1A son para ejecutivos de empresas que vienen a trabajar a Estados Unidos. Los solicitantes de la Visa L-1A deben haber estado empleados en el extranjero con la empresa extranjera en un puesto ejecutivo o directivo durante al menos un año de los tres anteriores a la solicitud o a la última admisión en Estados Unidos. La Visa L-1A permite a una empresa que no tiene oficina en EE.UU. enviar a un ejecutivo o directivo a ese país para ayudar a establecer una. La Visa L-1A se concede inicialmente por un año a los empresarios estadounidenses con una empresa nueva y por tres años a una empresa establecida desde hace más de un año. Se pueden prorrogar las Visas previa solicitud en incrementos de dos años, pero la estancia total en este estatus no puede superar los siete años.
La Visa L-1B permite a una empresa trasladar a un empleado con «conocimientos especializados» para que venga a trabajar a Estados Unidos. Al igual que con la L-1A, el empleado debe trabajar para la organización extranjera en el extranjero durante al menos un año ininterrumpido dentro de los tres años anteriores a la entrada en Estados Unidos. Deben entrar en Estados Unidos para prestar servicios con conocimientos especializados a una sucursal del mismo empleador o a una de sus organizaciones cualificadas. La normativa establece que se consideran «conocimientos especializados» (1) los conocimientos especializados que posea un empleado sobre el producto, servicio, investigación, equipo, técnicas, gestión u otros intereses de la organización y su aplicación en los mercados internacionales; o (2) un nivel avanzado de conocimientos o experiencia en los procesos y procedimientos de la organización. Demostrarlo puede resultar a menudo complicado y confuso para muchos empresarios, y es un motivo habitual de denegación de la solicitud si no se explica cuidadosa y meticulosamente mediante pruebas documentadas. Las prórrogas de la Visa L-1B también están permitidas, pero no pueden renovarse más allá de cinco años.
Existen numerosas Visas que se aplican a criterios muy específicos cuando la entrada en Estados Unidos es necesaria para que una empresa pueda alcanzar sus objetivos. Debe consultar con un abogado de inmigración cualificado para comprender plenamente el proceso de la Visa L-1 y determinar si esta Visa es adecuada para usted y su empresa.
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