Visados U, visados T y la ley VAWA: protecciones para las víctimas y los supervivientes de delitos en 2026
El sistema de inmigración de EE. UU. incluye protecciones críticas para los inmigrantes que son víctimas de delitos, trata de personas y violencia doméstica. Estas protecciones —el visado U, el visado T y la autopetición de la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA)— proporcionan vías para obtener un estatus migratorio legal que son independientes de la cooperación de cualquier otro miembro de la familia. En 2026, a medida que las operaciones de aplicación de la ley se intensifican en Texas y en todo el país, estas protecciones son más importantes que nunca, y, sin embargo, muchos inmigrantes elegibles no saben que existen.
En esta guía se explican las tres principales medidas de protección humanitaria de las que pueden beneficiarse las víctimas de delitos que son inmigrantes, quiénes cumplen los requisitos para cada una de ellas y cómo iniciar el proceso de solicitud.
El visado U: para víctimas de delitos que cumplan los requisitos
El Congreso creó el visado U en el año 2000 con el fin de animar a las víctimas indocumentadas de delitos a denunciar los hechos y a cooperar con las fuerzas del orden sin temor a ser deportadas. El visado U ofrece un estatus legal temporal, permiso de trabajo y, con el tiempo, una vía para obtener la Green Card a las víctimas de determinados delitos graves que hayan colaborado con las fuerzas del orden.
¿Quién cumple los requisitos?
Para poder optar a un visado U, debe haber sido víctima de un delito que cumpla los requisitos, cometido en Estados Unidos o que haya infringido la legislación estadounidense; haber sufrido abusos físicos o psicológicos graves como consecuencia de dicho delito; disponer de información sobre la actividad delictiva; haber colaborado, estar colaborando o ser probable que colabore con las fuerzas del orden en la investigación o el enjuiciamiento del delito, y el delito debe haber infringido la legislación federal, estatal o local de los Estados Unidos.
Entre los delitos que dan lugar a esta situación se incluyen la violencia doméstica, la agresión sexual, la violación, la trata de personas, el secuestro, el rapto, la detención ilegal, el chantaje, la extorsión, el homicidio involuntario, el asesinato, la agresión con agravantes, la manipulación de testigos, la obstrucción a la justicia, el perjurio, el fraude en la contratación de mano de obra extranjera, la servidumbre involuntaria, el tráfico de esclavos, el acoso y la tortura, entre otros. También se consideran delitos las tentativas y las conspiraciones para cometerlos.
Certificado de pertenencia a las fuerzas del orden (Formulario I-918B)
Un componente crítico de la solicitud del visado U es la certificación de las fuerzas del orden. Una agencia certificadora —que puede ser un departamento de policía, una oficina del sheriff, una fiscalía, un juez u otra agencia que califique— debe firmar el Formulario I-918 Suplemento B certificando que el solicitante fue víctima de un delito que califica y ha sido, está siendo o es probable que sea de ayuda en la investigación o el enjuiciamiento.
Obtener la certificación puede resultar complicado. Algunos cuerpos de seguridad no están familiarizados con el proceso de la visa U o se muestran reacios a firmar las certificaciones. Un abogado especializado en inmigración con experiencia puede ayudarle a identificar el organismo certificador adecuado y facilitar el proceso de certificación.
Ventajas de la visa U
Los titulares de un visado U aprobado obtienen la condición de no inmigrante durante cuatro años, un permiso de trabajo (Documento de Autorización de Empleo), protección frente a la expulsión y, tras tres años de mantener de forma ininterrumpida la condición de visado U, el derecho a solicitar la Green Card (residencia permanente). Algunos familiares que cumplan los requisitos pueden incluirse como beneficiarios derivados.
Realidad actual del procesamiento
El límite anual de visados U es de 10 000 por año fiscal, y la demanda supera con creces la oferta. El USCIS mantiene una lista de espera, y los plazos actuales desde la presentación de la solicitud hasta su aprobación pueden superar los 5 a 7 años. No obstante, los solicitantes que presenten su solicitud y obtengan una resolución de buena fe reciben un permiso de trabajo mientras esperan, una ventaja fundamental que permite a las víctimas mantenerse por sí mismas durante el prolongado período de tramitación.
El visado T: para víctimas de la trata de personas
La visa T fue creada en virtud de la Ley de Protección a las Víctimas de la Trata de Personas de 2000 con el fin de proteger a las víctimas de formas graves de trata de personas. A diferencia de otras categorías de visado, la visa T reconoce que las víctimas de la trata suelen estar sometidas al control, la coacción o el engaño por parte de sus traficantes y que, sin la intervención del Gobierno, es posible que no puedan salir de esa situación de trata.
¿Quién cumple los requisitos?
Para poder optar a un visado T, debe ser o haber sido víctima de una forma grave de trata de personas, encontrarse físicamente presente en los Estados Unidos como consecuencia de dicha trata, cumplir con las peticiones razonables de las fuerzas del orden para colaborar en la investigación o el enjuiciamiento de la trata (con excepciones para determinadas víctimas), y demostrar que sufriría dificultades extremas que implicarían un daño inusual y grave si fuera expulsado de los Estados Unidos.
Entre las formas graves de trata se incluyen la trata con fines sexuales (en la que se obligan a realizar actos sexuales con fines comerciales mediante la fuerza, el fraude o la coacción, o en la que la víctima es menor de 18 años) y la trata con fines laborales (en la que se obtienen servicios mediante la fuerza, el fraude o la coacción con el fin de someter a la persona a servidumbre involuntaria, peonaje, servidumbre por deudas o esclavitud).
Ventajas de la visa T
Los titulares de la visa T obtienen la condición de no inmigrante por un período de hasta cuatro años, permiso de trabajo, derecho a determinadas prestaciones federales y estatales y, tras tres años de condición de visa T ininterrumpida (o una vez concluida la investigación sobre la trata de personas), el derecho a solicitar la Green Card. El límite anual de visados T es de 5.000 y, a diferencia del visado U, nunca se ha alcanzado dicho límite.
Solicitud por iniciativa propia en virtud de la VAWA: para las personas que han sobrevivido a la violencia doméstica
La Ley de Violencia contra la Mujer permite que ciertos inmigrantes que han sido maltratados por cónyuges o padres ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes presenten una autopetición para obtener beneficios de inmigración de forma independiente, sin el conocimiento o la cooperación de su maltratador.
¿Quién cumple los requisitos?
Podría tener derecho a presentar una solicitud por cuenta propia en virtud de la VAWA si es el cónyuge (incluido el excónyuge, si se ha divorciado en los últimos dos años) de un ciudadano estadounidense o residente permanente que le haya sometido a usted o a su hijo a malos tratos físicos o crueldad extrema, o si es el hijo (soltero, menor de 21 años, o de cualquier edad si el maltrato se produjo antes de cumplir los 21) de un ciudadano estadounidense o residente permanente que le haya sometido a agresiones físicas o a crueldad extrema, o el progenitor de un hijo ciudadano estadounidense que tenga al menos 21 años (si el progenitor fue víctima de maltrato por parte de dicho hijo ciudadano estadounidense).
En todos los casos, el matrimonio o la relación paterno-filial deben haberse contraído de buena fe, el solicitante por iniciativa propia debe ser una persona de buena conducta moral y debe haber residido con el agresor en algún momento.
¿Qué se considera «agresión o crueldad extrema»?
La definición de VAWA se extiende más allá de la violencia física. La crueldad extrema incluye abuso psicológico y emocional, comportamiento controlador, aislamiento, abuso económico, amenazas de deportación y cualquier patrón de comportamiento que constituya abuso. El uso por parte del maltratador del estatus migratorio como herramienta de control —amenazar con llamar a ICE, negarse a presentar documentos de inmigración, retirar peticiones— es en sí mismo una forma de abuso que respalda una autopetición VAWA.
Prestaciones de la VAWA
Los solicitantes autónomos aprobados en virtud de la VAWA pueden solicitar el ajuste de su estatus a la residencia permanente, recibir documentos de autorización de empleo y, finalmente, solicitar la naturalización. Los casos de la VAWA se tramitan con estricta confidencialidad: el USCIS no se pondrá en contacto con el agresor ni le notificará nada en ninguna fase del proceso. Los solicitantes autónomos en virtud de la VAWA también están exentos del motivo de inadmisibilidad por «carga pública».
Diferencias clave entre el visado U, el visado T y la ley VAWA
Visado U: Para víctimas de delitos que cumplan los requisitos. Requiere un certificado de las fuerzas del orden. Límite anual de 10 000 (lista de espera larga). Tres años para poder optar a la Green Card.
Visado T: Para víctimas de trata de personas grave. Requiere la colaboración con las fuerzas del orden. Límite anual de 5.000 (nunca se ha alcanzado). Tres años para poder optar a la Green Card.
VAWA: Para supervivientes de violencia doméstica cuyo maltratador es ciudadano estadounidense o residente permanente. No se requiere certificación de las fuerzas del orden. Sin límite anual. Vía inmediata al ajuste de estatus tras la aprobación.
Normas probatorias
Las tres protecciones utilizan el estándar de «cualquier evidencia creíble», lo que significa que USCIS debe considerar toda la evidencia relevante, incluso la evidencia que normalmente no sería admisible en procedimientos judiciales. Esto incluye declaraciones personales, cartas de trabajadores sociales o consejeros, registros médicos, informes policiales, órdenes de protección, fotografías, mensajes de texto y declaraciones juradas de amigos, familiares o miembros de la comunidad que tengan conocimiento del abuso o el delito.
No es necesario presentar un atestado policial para presentar la solicitud. No es necesario que el agresor haya sido condenado. No es necesario disponer de pruebas materiales de cada incidente. Una declaración personal detallada y creíble, junto con pruebas que la corroboren procedentes de otras fuentes, puede ser suficiente para respaldar una solicitud que prospere.
Preguntas frecuentes
¿Pueden los hombres solicitar las medidas de protección previstas en la ley VAWA?
Sí. A pesar de su nombre, las protecciones previstas en la VAWA están disponibles para todas las víctimas de maltrato, independientemente de su género.
¿Se enterará mi agresor de que he presentado la denuncia?
No. Los expedientes relacionados con la VAWA, el visado U y el visado T cuentan con garantías de confidencialidad. El USCIS no se pondrá en contacto con el agresor ni revelará la solicitud a terceros.
¿Puedo presentar mi solicitud si no tengo documentación?
Sí. Las tres medidas de protección están disponibles independientemente de la situación migratoria actual. No es necesario disponer de un visado, una Green Card ni ningún tipo de estatus legal para solicitarlas.
¿Puedo incluir a mis hijos en mi solicitud?
Sí. Las tres categorías de visado permiten que determinados familiares que cumplan los requisitos sean incluidos como beneficiarios derivados.
¿Y si tengo miedo de denunciar el delito?
No es necesario presentar una denuncia policial para iniciar una solicitud por cuenta propia en virtud de la VAWA. En el caso de los visados U, se requiere un certificado de las fuerzas del orden, pero su abogado de inmigración puede ayudarle a facilitar este proceso de forma que se priorice su seguridad. Si se encuentra en peligro inmediato, llame al 911 o a la Línea Nacional de Atención contra la Violencia Doméstica al 1-800-799-7233.
Usted merece protección: déjenos ayudarle
El abogado Alfredo Lozano cuenta con la certificación de la Junta de Especialización Jurídica de Texas en Derecho de Inmigración y Nacionalidad. El Lozano Law Firm se encarga de casos relacionados con los visados U, T y VAWA con la sensibilidad, la confidencialidad y la experiencia jurídica que estos casos exigen. Con oficinas en San Antonio, Eagle Pass y San Angelo, prestamos asistencia a las víctimas en todo Texas.
Si usted o alguien que conoce ha sido víctima de un delito, de la trata de personas o de violencia doméstica y podría tener derecho a protección en materia de inmigración, concierte hoy mismo una consulta confidencial. Su seguridad y su futuro son nuestra prioridad.
