El Formulario I-290B se utiliza para presentar una apelación o moción para reabrir o reconsiderar una decisión tomada por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) sobre ciertas solicitudes presentadas ante ellos para su aprobación. En la mayoría de los casos, el I-290B debe presentarse ante USCIS dentro de los 30 a 33 días naturales posteriores a la notificación de la decisión. La solicitud junto con la cuota de presentación se envía a la dirección postal que corresponde al tipo de caso para el cual está presentando la moción o apelación.

Conozca qué posibilidades tiene con el Formulario I-290B si USCIS ha cometido un error en la documentación de su caso

El uso del formulario I-290B para presentar un recurso de apelación, una moción de reapertura o una moción de reconsideración depende del motivo de su presentación. Un recurso debe señalar un error cometido en la aplicación de la ley o en la interpretación de los hechos en la decisión. Una moción de reapertura debe exponer hechos nuevos y debe estar respaldada por declaraciones juradas y pruebas documentales que demuestren que el solicitante cumplía los requisitos en el momento en que se presentó la solicitud. Una moción de reconsideración debe apoyarse en citas de leyes, reglamentos o decisiones judiciales y debe demostrar que la decisión se basó en una aplicación incorrecta de la ley o la política, y que la decisión era incorrecta sobre la base de las pruebas registradas en el momento de la decisión. También puede optar por presentar una petición de reapertura y de reconsideración al mismo tiempo. Por lo general, USCIS trata de emitir una decisión en un plazo de 90 días a 6 meses desde la presentación de la solicitud, sin embargo, no es inusual esperar hasta 2 años para una decisión final.

Nuestro bufete ha ganado recientemente una moción de reapertura y reconsideración que estaba pendiente desde hacía casi dos años. Nuestra cliente es una solicitante de ajuste de estatus y tenía las pruebas necesarias para demostrar que entró legalmente en los Estados Unidos con su visado y pasaporte expedidos a principios de los años 90. Este tipo concreto de visado, común en aquella época, era básicamente un gran sello en su pasaporte que hacía las veces de visado para cruzar la frontera/no inmigrante válido durante 10 años. Dado que tanto su visado como su pasaporte son bastante antiguos, la página del pasaporte que contiene sus datos biográficos y su foto se había desprendido y caído del cuadernillo. Cuando presentamos copias y, finalmente, los originales de todo el folleto, el USCIS denegó su solicitud de residencia y acusó a la clienta y a nuestro bufete de cometer fraude. Dijeron que, dado que el número de pasaporte de la página biográfica que se había caído no coincidía con el número de la libreta del pasaporte, y que su pasaporte había caducado un mes antes de su fecha de entrada en Estados Unidos, debíamos haber introducido su página biográfica en el pasaporte de otra persona. Nuestra moción señalaba al USCIS que los números de la libreta y del pasaporte no tienen por qué coincidir, ya que son dos cosas distintas y completamente diferentes. También citamos leyes específicas que demuestran que los nacionales mexicanos pueden entrar en Estados Unidos con un pasaporte caducado si el visado que poseen sigue siendo válido. ¡Afortunadamente, aunque esperamos mucho tiempo para obtener una decisión sobre el caso, USCIS se dio cuenta de su error y nuestro cliente está ahora en camino de convertirse finalmente en un Residente Permanente Legal!

Un abogado de inmigración evalúa su caso

Si cree que USCIS cometió un error al decidir su caso, es importante que un abogado de inmigración con experiencia evalúe su caso lo antes posible para que se pueda presentar una moción o apelación oportuna en su nombre.

¡DESCUBRA DÓNDE SE ENCUENTRA! Puede que reúna los requisitos para un beneficio del que aún no es consciente. Si nunca ha hablado con un abogado de inmigración sobre su situación, ahora es el mejor momento para hacerlo, antes de que la nueva administración realice cambios que puedan afectarle a usted y a su familia. Póngase en contacto con un abogado experimentado y colegiado para averiguar qué PUEDE hacer para ayudar a su situación. Si desea nuestra ayuda, póngase en contacto con nuestra oficina hoy mismo en el (210) 390-1545 para concertar una consulta.

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  • Un hombre con gafas, barba y calvo, vestido con una chaqueta azul y una camisa morada clara, sonriendo frente a un fondo gris degradado.

    Attorney Alfredo Lozano is Board Certified in Immigration and Nationality Law by the Texas Board of Legal Specialization. He is the founder and managing attorney of The Lozano Law Firm, PLLC, serving families and businesses from offices in San Antonio, Eagle Pass, and San Angelo, Texas.