Para la mayoría de los inmigrantes en Estados Unidos, trabajar legalmente requiere un Documento de Autorización de Empleo, comúnmente llamado EAD o permiso de trabajo. Tanto si está esperando la green card, tiene DACA, cuenta con Estatus de Protección Temporal o entra en alguna de las decenas de otras categorías, el EAD es la tarjeta que le permite trabajar. Sin él, los empleadores no pueden contratarle legalmente y usted no puede aceptar legalmente un salario.
A pesar de lo importante que es este documento, muchos solicitantes tienen dudas sobre quién reúne los requisitos, en qué categoría deben presentar la solicitud y qué ha cambiado en 2026. Las nuevas estructuras de tasas, los cambios en las normas de prórroga automática y la introducción de la tarjeta combinada han hecho que el proceso sea más complejo que antes.
En Lozano Law Firm, el abogado de inmigración Alfredo Lozano, certificado por el Board ayuda a solicitantes de todo Texas a presentar solicitudes iniciales de EAD y renovaciones. Esta guía cubre las principales categorías de elegibilidad, el proceso de solicitud y los cambios de 2026 que todo solicitante debe comprender.
¿Qué es un EAD?
Un Documento de Autorización de Empleo es una tarjeta del tamaño de una cartera emitida por USCIS que demuestra que usted está autorizado a trabajar en Estados Unidos. Contiene su foto, nombre, número de USCIS, código de categoría y fechas de validez. Los empleadores aceptan el EAD como documento de la Lista A para fines del Formulario I-9, lo que significa que cumple en un solo documento tanto los requisitos de identidad como los de autorización de empleo.
No todas las personas que pueden trabajar en EE. UU. necesitan un EAD. Algunos titulares de visado (H-1B, L-1, E-2, TN y otros) tienen la autorización de empleo vinculada a su estatus de visado y a su empleador. El EAD es para personas cuya autorización de trabajo proviene de una aprobación separada de USCIS, no del visado en sí.
Quién reúne los requisitos para un EAD
USCIS organiza la elegibilidad para el EAD en tres grandes grupos, identificados por códigos de letras en la tarjeta.
Categoría A: Debe solicitar el EAD. Estos solicitantes están autorizados a trabajar en EE. UU., pero deben solicitar la tarjeta física del EAD para acreditarlo. Algunos ejemplos son los asilados (A5), los refugiados (A3) y quienes han obtenido la suspensión de la deportación (A10).
Categoría B: Autorización vinculada a un empleador específico. Estas personas están autorizadas a trabajar para un empleador específico y deben contar con una petición de ese empleador en su nombre. Esto incluye determinadas categorías de trabajadores no inmigrantes que no tienen ya autorización de trabajo inherente a su visado.
Categoría C: Debe solicitar la autorización y el EAD.
Este es el grupo más grande y más común. Los solicitantes de la categoría C necesitan que USCIS les conceda la autorización de trabajo y emita la tarjeta. Las categorías C que se presentan con más frecuencia incluyen:
- (c)(9): Solicitantes de ajuste de estatus. Si tiene pendiente una solicitud de ajuste de estatus I-485, puede solicitar un EAD en esta categoría. Es una de las solicitudes de EAD más comunes.
- (c)(8): Solicitantes de asilo. Los solicitantes que han presentado una solicitud de asilo y han esperado al menos 180 días pueden solicitar autorización de trabajo. En 2026 se aplican nuevas tasas a esta categoría.
- (c)(33): Beneficiarios de DACA. Los beneficiarios de DACA
reciben autorización de trabajo junto con su estatus de acción diferida, documentada mediante el EAD. - (c)(19): Titulares de TPS. Los titulares del Estatus de Protección Temporal reciben autorización de empleo, documentada mediante la tarjeta EAD.
- (c)(14): Determinados dependientes. Los cónyuges de algunos titulares de visados de no inmigrante (E-1, E-2, L-2 y otros) pueden solicitar su propio EAD.
- (c)(12): Beneficiarios de una Determinación de buena fe.
Los solicitantes con un visado U pendiente que hayan recibido una Determinación de buena fe reúnen los requisitos para la autorización de trabajo en esta categoría.
Cómo solicitarlo: Formulario I-765
La solicitud del EAD se realiza mediante el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo. Este es el proceso:
Paso 1: Determine su categoría de elegibilidad. Este es el paso más importante y aquel en el que los errores resultan más costosos. Presentar la solicitud con el código de categoría incorrecto da lugar a una denegación. Si no está seguro de qué categoría se aplica, consulte a un abogado de inmigración antes de presentar la solicitud.
Paso 2: Reúna los documentos de respaldo. Los requisitos varían según la categoría, pero por lo general incluyen: una copia de su EAD más reciente (si renueva), una copia de su registro de llegada I-94, fotos tipo pasaporte y pruebas de su estatus migratorio subyacente o de su solicitud pendiente.
Paso 3: Presente el Formulario I-765 ante USCIS. La presentación en línea a través de myUSCIS está disponible y se recomienda para la mayoría de las categorías. También se acepta la presentación en papel por correo. Incluya la tasa de presentación correcta (véase más abajo).
Paso 4: Acuda a la cita de datos biométricos si se requiere. USCIS puede programar una cita de datos biométricos. No todas las categorías requieren datos biométricos, pero si recibe un aviso, acuda a la cita.
Paso 5: Reciba la tarjeta. Los tiempos de tramitación varían significativamente según la categoría y el centro de servicio. La tramitación actual de los EAD basados en ajuste (c)(9) tarda de 3 a 7 meses. Otras categorías pueden tardar más.
La tarjeta combinada: EAD y permiso anticipado de viaje juntos
Si tiene un ajuste de estatus pendiente, puede reunir los requisitos para una tarjeta combinada que funciona tanto como EAD como documento de viaje de permiso anticipado de viaje. Se presenta enviando simultáneamente el Formulario I-765 y el Formulario I-131 (o solicitando la tarjeta combinada al presentar el I-485 si esa opción está disponible).
La ventaja es la comodidad: una sola tarjeta cumple dos funciones y no necesita llevar documentos separados para la autorización de trabajo y el viaje. La tarjeta combinada se emite bajo la categoría (c)(9) con una anotación que indica que también sirve como permiso anticipado de viaje.
Cambios de tasas en 2026 y actualizaciones de la prórroga automática
Dos cambios importantes afectan a los solicitantes de EAD en 2026:
Nuevas tasas para los EAD basados en asilo y en parole. En virtud de las disposiciones de la ley One Big Beautiful Bill Act, las solicitudes iniciales de EAD para solicitantes de asilo ahora conllevan una tasa de presentación de $550, y las renovaciones cuestan $275. Anteriormente, los EAD basados en asilo se presentaban sin tasa. Esto se aplica a los solicitantes de asilo (c)(8) y a determinadas categorías basadas en parole.
Cambios en las prórrogas automáticas. Históricamente, los solicitantes de renovación del EAD en muchas categorías recibían una prórroga automática de su EAD vigente de hasta 180 días mientras la renovación estaba pendiente, siempre que presentaran a tiempo y en la misma categoría. Una norma de octubre de 2025 cambió la elegibilidad para las prórrogas automáticas en determinadas categorías. Si va a renovar, verifique que su categoría específica sigue reuniendo los requisitos para la prórroga automática antes de asumir que su tarjeta actual seguirá siendo válida después de su fecha de vencimiento.
Para los EAD basados en ajuste (c)(9), la prórroga automática por lo general sigue vigente cuando se presenta una renovación a tiempo. Pero para algunas otras categorías, la prórroga puede no aplicarse o puede haber cambiado sus condiciones.
Errores comunes que debe evitar
Presentar la solicitud en la categoría de elegibilidad incorrecta. Cada categoría de EAD tiene un código específico (c)(9), (c)(8), (c)(14), etc. Presentar la solicitud con el código incorrecto conduce a una denegación, no a una corrección. Verifique su categoría antes de presentar la solicitud.
No respetar el plazo de renovación. Si su EAD está a punto de vencer y depende de él para trabajar, presente su renovación entre 90 y 120 días antes de la fecha de vencimiento. Las renovaciones tardías pueden crear un período sin autorización de empleo, incluso con la disposición de prórroga automática.
No solicitar una tarjeta combinada cuando reúne los requisitos. Si tiene un I-485 pendiente y planea viajar internacionalmente, solicitar la tarjeta combinada ahorra tiempo y trámites. Presentar solo el I-765 significa que necesitaría un documento de permiso anticipado de viaje separado para viajar.
Suponer que la prórroga automática cubre su categoría. Tras los cambios de octubre de 2025, no todas las categorías reúnen los requisitos para la prórroga automática de 180 días. Consulte la guía vigente de USCIS para su código de categoría específico antes de confiar en la prórroga.
Trabajar después del vencimiento de su EAD sin una prórroga válida. Trabajar sin autorización válida tiene graves consecuencias migratorias. Si su tarjeta está por vencer y no ha presentado una renovación, actúe de inmediato.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se tarda en obtener un EAD en 2026?
Los tiempos de tramitación varían según la categoría y el centro de servicio. Los EAD (c)(9) basados en ajuste actualmente tardan de 3 a 7 meses. Los EAD (c)(8) basados en asilo pueden tardar de 6 a 12 meses. Los EAD (c)(33) basados en DACA se tramitan junto con la propia renovación de DACA.
¿Puedo trabajar mientras se tramita la renovación de mi EAD?
Si su categoría reúne los requisitos para la prórroga automática de 180 días y presentó su renovación antes de que venciera su EAD actual en la misma categoría, puede seguir trabajando durante el período de prórroga. No todas las categorías reúnen los requisitos. Consulte la tabla de prórroga automática de USCIS para su código específico.
¿Qué es una tarjeta combinada?
Una tarjeta combinada es un EAD que también sirve como documento de viaje de permiso anticipado de viaje. Está disponible para solicitantes con un ajuste de estatus pendiente que presenten juntos el Formulario I-765 y el Formulario I-131.
¿Cuánto cuesta un EAD en 2026?
La tasa estándar de presentación del I-765 es de $410 para la mayoría de las categorías. Las solicitudes iniciales basadas en asilo cuestan $550, y las renovaciones de asilo cuestan $275. Los solicitantes de ajuste de estatus que presentaron el I-485 en una fecha determinada o posterior pueden tener la tasa del EAD incluida en su tasa de presentación del I-485. Consulte el calendario de tasas vigente en uscis.gov.
¿Qué ocurre si mi EAD vence antes de que se apruebe mi renovación?
Si la prórroga automática se aplica a su categoría y presentó a tiempo, puede seguir trabajando hasta 180 días después del vencimiento. Si no se aplica, debe dejar de trabajar hasta que se emita el nuevo EAD. Esto hace que presentar a tiempo sea fundamental.
Proteja su derecho a trabajar
Un EAD no es solo una tarjeta. Es su capacidad de ganarse la vida, mantener a su familia y sostener su caso de inmigración. Presentar correctamente desde la primera vez, en la categoría adecuada, con la tasa correcta y dentro del plazo correcto, evita los vacíos y las complicaciones que sorprenden a tantos solicitantes.
El abogado de inmigración Alfredo Lozano, certificado por el Board cuenta con la certificación del Board en Derecho de Inmigración y Nacionalidad del Texas Board of Legal Specialization, una distinción obtenida por menos del 5 % de los abogados de inmigración de Texas. Lozano Law Firm ayuda a solicitantes en San Antonio, Eagle Pass y San Angelo a navegar el proceso del EAD con confianza.
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