El 2 de enero de 2013, el Departamento de Seguridad Nacional anunció la publicación de una norma final en el Federal Register que permite a ciertos familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses que se encuentran físicamente en EE. UU. solicitar un perdón provisional por presencia ilegal desde dentro de EE. UU.
Descubra el perdón provisional que el DHS concedió a los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses

Antecedentes

Según la ley actual, los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses (hijos, cónyuges y padres) que no son elegibles para ajustar su estatus en EE. UU. para convertirse en residentes permanentes legales deben abandonar EE. UU. y obtener un visado de inmigrante en el extranjero. Las personas que han acumulado más de seis meses de presencia ilegal en EE. UU. deben obtener un perdón para superar la inadmisibilidad por presencia ilegal antes de poder obtener un visado de inmigrante para regresar a EE. UU. Este proceso puede tardar desde varios meses hasta un año o más en regresar a EE. UU.

Nuevo Proceso

Según el nuevo proceso de perdón provisional, los familiares inmediatos aún deben salir de EE. UU. para el proceso de visado de inmigrante consular; sin embargo, podrán solicitar un perdón provisional (solo en cuanto a ciertos motivos de inadmisibilidad por presencia ilegal) antes de partir para su entrevista de visado de inmigrante en su país de origen y podrán permanecer con sus familias en EE. UU. mientras se resuelve la solicitud de perdón. Esto significa que el tiempo necesario para permanecer fuera de EE. UU. se reduce a días o un par de semanas.

Elegibilidad

Para ser elegible para solicitar el perdón bajo las nuevas regulaciones, el solicitante debe:

  • Ser familiar inmediato de un ciudadano estadounidense (cónyuge, hijo, padre);
  • Be the beneficiary of an approved immediate relative petition;
  • Tener 17 años o más;
  • Be present in the U.S. at the time of filing the application for a provisional waiver and for biometrics collection at a USCIS Application Support Center;
  • Tener un caso pendiente con el Departamento de Estado (DOS) basado en la petición de familiar inmediato aprobada y haber pagado la tarifa de procesamiento del visado de inmigrante; y
  • Demostrar dificultades extremas para su cónyuge o padre ciudadano estadounidense.

Al salir de EE. UU., el solicitante estará sujeto únicamente al motivo de inadmisibilidad por presencia ilegal. Si se requieren perdones adicionales por otros motivos de inadmisibilidad, el solicitante no será elegible para utilizar el proceso de perdón provisional.

Además de estos requisitos de elegibilidad, el Departamento de Estado no debe haber actuado para programar la entrevista del visado de inmigrante para el solicitante antes de la fecha de publicación de la norma final en el Federal Register, el 3 de enero de 2013. Aquellos que no sean elegibles para presentar una solicitud bajo esta norma aún pueden presentar un perdón provisional, por ejemplo, si un nuevo peticionario presenta una nueva petición I-130 de familiar ante el USCIS en su nombre.

Fecha de entrada en vigor

El nuevo proceso entrará en vigor el 4 de marzo de 2013. La tarifa de presentación para el formulario de perdón provisional I-601A es de 585 $. El USCIS no aceptará ninguna solicitud antes de esta fecha. El tiempo de procesamiento previsto para los perdones será de aproximadamente cuatro a seis meses.

Author

  • Un hombre con gafas, barba y calvo, vestido con una chaqueta azul y una camisa morada clara, sonriendo frente a un fondo gris degradado.

    Attorney Alfredo Lozano is Board Certified in Immigration and Nationality Law by the Texas Board of Legal Specialization, a credential held by fewer than 5% of Texas immigration attorneys. He is the founder and managing attorney of The Lozano Law Firm, PLLC, serving families and businesses from offices in San Antonio, Eagle Pass, and San Angelo, Texas.